11/11 PERSONAL SOCIAL ACTIVIDAD N °04: "VACANCIA PRESIDENCIAL"
"VACANCIA PRESIDENCIAL"
- DESEMPEÑO:
- Obtiene información sobre determinados hechos históricos a partir de cuadros estadísticos y gráficos sencillos, libros de síntesis o de investigaciones históricas con ayuda del docente.
- Buenos días niños y niñas; en estos días han sucedido acontecimientos que han remecido a todos los peruanos relacionados con la VACANCIA PRESIDENCIAL.
- Hemos estado hablando en las últimas clases sobre la historia del Perú y este es un suceso relevante de nuestra historia actual.
- Te pregunto :
- Lo conversaremos en una reunión de zoom:
- La vacancia es la situación en virtud de la cual el titular del cargo quedará privado de seguir ejerciéndolo.
- Antecedentes históricos
La vacancia presidencial por incapacidad moral es un procedimiento de destitución constitucional que ha sido aplicado de manera extraordinaria a lo largo de la historia republicana del Perú. Solo se han dado tres casos: en 1823, al presidente José de la Riva Agüero; en 1914 al presidente Guillermo Billinghurst; y en el 2000 al presidente Alberto Fujimori.
- Causas
La vigente Constitución de 1993 establece en su artículo 113° que la Presidencia de la República vaca por:
1. Muerte del Presidente de la República.
2. Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.
3. Aceptación de su renuncia por el Congreso.
4. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.
5. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117º de la Constitución.
Quedó establecido que la votación calificada necesaria para poder vacar el cargo de presidente de la república, debe alcanzar un mínimo de 87 votos, que corresponde a los dos tercios del número legal de congresistas, considerando que en el congreso peruano el número legal de sus miembros asciende a 130.
Cabe señalar que, si bien la Constitución es clara al señalar la «permanente incapacidad moral o física» como causal de vacancia presidencial, por otro lado la propia Constitución señala también en su artículo 117° que el Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
RETO
1. Investiga que partidos políticos forman el congreso.
2. Investiga las consecuencias de la vacancia presidencial en nuestro país.
Buenos dias miss, Yesselin Jimenez presente 😊
ResponderBorrarbuenos dias, Silvana De La Cruz está presente
ResponderBorrarBuenos días miss nallareth
ResponderBorrarRodrigo Zapata presente
Buenos días miss Nallareth Diana Vilchez presente
ResponderBorrarBuenas tardes miss
ResponderBorrarAdriana Rodriguez presente
Buenas tardes Ginette Arzola presente
ResponderBorrar